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LA CERTIFICACIÓN
Reglamento para la Certificación de los Contadores Públicos
Presentación
El esfuerzo de la profesión por ir de la mano con la calidad profesional, se ha manifestado en una serie de acciones desarrolladas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, que van desde la promoción de eventos de capacitación, pasando por la Norma de Educación Profesional Continua, y que culmina con el proceso de Certificación de la Contaduría Pública.

Más de 6,000 contadores públicos del país acreditan, hoy, con su capacidad ética y técnica, la calida profesional de los contadores públicos certificados, quienes para revalidar su certificación, deberán mantenerse actualizados durante los siguientes 4 años.

Así mismo, año tras año, seguramente el número de contadores públicos certificados se irá incrementando, mediante la presentación y aprobación del Examen Uniforme de Certificación.

Al crearse la cultura de la certificación, los contadores públicos tienen la posibilidad de enfrentar, con mejores armas, los retos del siglo venidero: el reto de la globalización, el reto de la competencia, el reto de la calidad y el de la excelencia.

En esta nueva edición del Reglamento para la Certificación Profesional de los Contadores Públicos, se han hecho algunas modificaciones que favorecen la calidad del texto, resultando entre ellas las siguientes:
En la exposición de motivos:
Se ha eliminado el texto relativo a la transitoriedad de certificarse por el cumplimiento de ciertos requisitos (por haber terminado su vigencia) y se ha agregado la participación del Instituto en el COMPIC.
En el reglamento para la certificación profesional de los contadores públicos:
Se hace explicito, en el artículo 4, el punto relativo a los tres años de titulación como mínimo y se adiciona el requisito de trabajar bajo la dirección o tutela de un contador público certificado. En cuanto a los artículos transitorios, se eliminan los artículos 1 y 2, cuya vigencia concluyó el 30 de abril de 1999, y se adicionan los relativos a la entrada gradual del requisito de trabajar con un contador público certificado y el correspondiente a la fecha de entrada en vigor de este reglamento reformado.
C.P.C. Luis Celhay López
Presidente del Comité Ejecutivo Nacional
del IMCP 1999-2000


Abril 2000
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